Maternidad

Marco Legal y Reglamentario

La maternidad en el ámbito docente en Paraguay está protegida por un conjunto de leyes y reglamentos que buscan garantizar los derechos de las mujeres trabajadoras durante el embarazo, parto y lactancia. Las principales normativas son:

  • Constitución Nacional de la República del Paraguay:
    • Artículo 54: Protección a la maternidad.
    • Artículo 89: Del régimen del trabajo.
  • Ley N° 5508/2015: De promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna.
  • Ley N° 1264/1998: General de Educación.
  • Estatuto del Educador: Ley N° 200/1993 y sus modificaciones.
  • Reglamento General de Instituciones Educativas: Resolución N° 347/2016.

Derechos de las docentes embarazadas y madres

Las docentes en estado de gravidez o que sean madres gozan de los siguientes derechos:

  1. Protección contra el despido: No podrán ser despedidas por motivo de embarazo o maternidad, salvo por causa justificada y previo sumario administrativo.
  2. Permiso por maternidad: 18 semanas de licencia remunerada, divididas en pre y postnatal. En casos de partos múltiples o complicaciones, el permiso puede extenderse.
  3. Permiso de lactancia: 90 minutos diarios para amamantar a sus hijos hasta los 6 meses de edad. Este permiso puede extenderse por razones médicas.
  4. Estabilidad laboral: La docente tiene derecho a conservar su puesto de trabajo y condiciones laborales, salvo que sea imposible por razones técnicas o de fuerza mayor.
  5. Reubicación de funciones: Si el trabajo pone en riesgo la salud de la madre o del bebé, la docente tiene derecho a ser reubicada en funciones más adecuadas.
  6. Sala de lactancia: Las instituciones educativas con más de 20 docentes mujeres deben contar con una sala de lactancia.
  7. Guardería infantil: Las instituciones educativas pueden ofrecer servicios de guardería para los hijos de las docentes.
  8. Capacitación y actualización: Las docentes tienen derecho a seguir capacitándose y actualizándose profesionalmente durante la licencia por maternidad.

Subsidio por Maternidad

Durante el permiso por maternidad, las docentes tienen derecho a percibir un subsidio equivalente al 100% de su salario, abonado por el Instituto de Previsión Social (IPS). En caso de que la docente no esté afiliada al IPS, el subsidio será abonado por la institución educativa.

Infracciones y Sanciones

El incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre maternidad en el ámbito docente puede acarrear sanciones para las instituciones educativas, como multas y la suspensión de habilitaciones.

Recomendaciones

Es fundamental que las docentes conozcan sus derechos y las instituciones educativas cumplan con la normativa vigente para garantizar la protección de la maternidad en el ámbito laboral. Se recomienda:

  • Difundir y socializar la normativa sobre maternidad en el ámbito docente.
  • Capacitar a las autoridades educativas y docentes sobre los derechos de las madres trabajadoras.
  • Fortalecer los mecanismos de control y seguimiento del cumplimiento de la normativa.
  • Promover la creación de salas de lactancia y guarderías infantiles en las instituciones educativas.
  • Fomentar una cultura de respeto y apoyo a la maternidad en el ámbito laboral.

Fuentes:

  • Constitución Nacional de la República del Paraguay.
  • Ley N° 5508/2015, de promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna.
  • Ley N° 1264/1998, General de Educación.
  • Ley N° 200/1993, Estatuto del Educador.
  • Resolución N° 347/2016, Reglamento General de Instituciones Educativas.

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